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Blog deficado especialmente a IFRS

martes, 20 de noviembre de 2012

IFRS, qué es y por qué adoptarlas...




Las Normas Internacionales de Información Financiera o IFRS son modelos contables de aplicación mundial orientados a igualar las prácticas contables entre los distintos países. Estas normas establecen aquellas obligaciones que tienen relación con las transacciones y acontecimientos económicos que son importantes en los estados financieros.
La conversión a las IFRS implica un cambio de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados o PCGA primarios, lo que significa que todos los integrantes de la organización deberán aprender un nuevo lenguaje, una nueva manera de trabajar. El reporte o comunicación de información al mercado se realizará sobre una base totalmente distinta.
En el caso de muchas compañías ello supondrá cambios fundamentales, cambios que repercutirán en todos los aspectos de su actividad desde las relaciones con los inversores hasta los procedimientos cotidianos, y que pueden afectar a la viabilidad de algunos productos e incluso a la utilidad disponible de la propia compañía.
¿Por qué adoptar las IFRS? La experiencia indica que este lenguaje común facilita el acceso a los mercados internacionales de capitales, reduce costos en el largo plazo y facilita el posicionamiento de las compañías como verdaderas corporaciones internacionales

domingo, 18 de noviembre de 2012

Tratamiento contable y fiscal de compra de vehículos para uso tanto particular como empresarial

La compra de un turismo por parte de una empresa, adquisición considerada como un inmovilizado material para la misma, plantea la problemática de la consideración de éste como uso particular del empresario, como uso de la empresa o como ambos.
Así a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el artículo 95.3.2 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido establece:
“…
3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, las cuotas soportadas por la adquisición, importación, arrendamiento o cesión de uso por otro título de los bienes de inversión que se empleen en todo o en parte en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional podrán deducirsede acuerdo con las siguientes reglas:
1. …
2. Cuando se trate de vehículos automóviles de turismo y sus remolques, ciclomotores y motocicletas, se presumirán afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 50 %.
A estos efectos, se considerarán automóviles de turismo, remolques, ciclomotores y motocicletas los definidos como tales en el anexo del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como los definidos como vehículos mixtos en dicho anexo y, en todo caso, los denominados vehículos todo terreno o tipo jeep.
No obstante lo dispuesto en esta regla 2), los vehículos que se relacionan a continuación se presumirán afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 100 %:
a. Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
b. Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
c. Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
d. Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
e. Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
f. Los utilizados en servicios de vigilancia.…”
En este sentido, el empresario deberá ver cual es el efectivo grado de afectación del vehículo a la actividad empresarial, pues la administración “presume” una afectación, y por tanto deducibilidad de la cuota de IVA soportada, del 50%; deberá el empresario acreditar,“por cualquier medio de prueba admitido a derecho” según reiteradas consultas de la DGT, un grado de afectación superior a éste (o bien la Administración probar un grado de afectación menor).
EJEMPLO
La empresa RCRCR, SA adquiere, con fecha 1 de diciembre de 2012, un vehículo turismo para el desarrollo de su actividad empresarial. RCRCR, SA toma la determinación de deducir exclusivamente el 50% de las cuotas de IVA soportadas en el vehículo, de acuerdo a la redacción del artículo 95.3.2 de LIVA.
El precio de adquisición del vehículo ha sido de 30.000 euros. Suponemos una vida útil de 10 años.
SOLUCIÓN
Para el registro contable de la operación referida hemos de tener en cuenta lo establecido en la Norma de Registro y Valoración (NRV) 2ªdel Plan General de Contabilidad, que establece:
“Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.
Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.
Así tendríamos:
33.150 (218) Elementos de transporte
3.150 (472) H.P. IVA soportado
a (523) Proveedores de Inmovilizado a C/P 36.300
---------- x ----------
cuenta 218 = 30.000 + (30.000 * 21% * 50%)
cuenta 472 = (30.000 * 21% * 50%)
Como cualquier elemento de inmovilizado material, su imputación a la cuenta de resultados de la sociedad vendrá dado por la depreciación efectiva sufrida por el mismo, es decir, por su “amortización”. Ahora bien, la pregunta sería ¿la amortización del vehículo sobre qué cantidad debería ser calculada? ¿sobre el total? ¿sobre la mitad del mismo al imputarse al 50% a la actividad empresarial?
Si utilizamos para la resolución de esta cuestión la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos nº V0688/2007, de 4 de Abril, esta se expresa de la forma:
“En cuanto al tratamiento del vehículo en el Impuesto sobre Sociedades, al estar afecto a la actividad de la consultante, tendrá la consideración de activo fijo material y según señala el artículo 11 del TRLIS, “serán deducibles las cantidades que, en concepto de amortización del inmovilizado material e inmaterial, correspondan a la depreciación efectiva que sufran los distintos elementos por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia.”
Por lo que toda la amortización del vehículo será gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedadessin perjuicio de la consideración como renta en especieque pudiera tener (a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y para el gerente) la utilización del vehículo por este para sus fines particulares, cuya valoración se determinaría de acuerdo con lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (B.O.E 29 de noviembre de 2006)”.
Así tendríamos:
276,25 (681) Amortización de elemento de transporte
a (2818) A. Acumulada elemento de transporte 276,25
---------- x ----------
cuenta 681 y 2818 = ((33.150 / 10 años) * 1/12)
Ahora bien, hemos de puntualizar el hecho de que la consulta vinculante V0508-09, hablando de la transmisión de un vehículo afectado al 50% al patrimonio empresarial y otro 50% al patrimonio personal, establece que:
Por consiguiente, la base imponible del Impuesto en la entrega de un vehículo automóvil que ha estado afecto a un patrimonio empresarial o profesional en un porcentaje del cincuenta por ciento, debe computarse, asimismo, en el cincuenta por ciento de la total contraprestación pactada, dado que la transmisión del otro cincuenta por ciento se corresponde con la entrega de la parte de dicho activo no afecta al referido patrimonio que debe quedar no sujeta al Impuesto de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.dos.b) de la Ley 37/1992”.
Luego habríamos de entender que cupiese también la posibilidad de esa afectación al 50%.

martes, 30 de octubre de 2012

Una abstención de 60% marca la primera elección con voto voluntario


En el debut del voto voluntario por primera vez en la historia de Chile, la alta abstención cercana al 60% -muy superior a la vaticinada por los expertos- se transformó en uno de los factores clave de las elecciones municipales 2012.

Si en todo Chile más de 13 millones 388 mil personas tenían derecho a ejercer su voto, con los datos conocidos hasta anoche -5 millones 428 mil votos con más del 92% de las mesas escrutadas- la abstención alcanzaría el nivel más alto desde el regreso a la democracia.

A partir de hoy los partidos, expertos electorales y cientistas políticos se abocarán de lleno a dilucidar qué pasó con el padrón electoral, en una votación que no congregó a más del 40 por ciento de los chilenos, como lo vaticinó en horas de la tarde el director de Adimark. Roberto Méndez.

En las elecciones presidenciales de 2009, el padrón alcanzaba sólo 8 millones 285 mil personas y en la primera vuelta votaron 7 millones 264 mil personas, siendo la abstención de sólo 12,32%, pero regía el voto obligatorio.

Para las elecciones de ayer, el Servel había estimado que la abstención llegaría al 30% y la empresa Mori en cerca del 40%. Los más pesimistas hablaban de un 46%.

Las cifras son clarificadoras en algunas comunas y abren una serie de interrogantes para saber qué efecto real tuvo la abstención en los resultados conocidos.

En la comuna de Santiago podían ejercer su derecho 245 mil personas. Los últimos cómputos hasta anoche señalaban que lo hicieron escasamente 83 mil personas, o sea, sólo un tercio de los votantes de la comuna.

Aquí las encuestas hablaban de una llegada estrecha entre Pablo Zalaquett, de la Alianza, y Carolina Tohá, de la Concertación, pero la dirigenta del PPD se impuso holgadamente con más del 50% de los votos sobre el 43% del alcalde UDI.

En Providencia, otra comuna donde los resultados se avizoraban estrechos, podían votar 144 mil personas, pero concurrieron a las urnas un poco más de 66 mil. La independiente Josefa Errázuriz se impuso con casi un 56% por sobre el alcalde UDI Cristián Labbé, que sacó un 44%.

La abstención se hace evidente cuando se compara la elección de Labbé en 2008, donde consiguió un 59% de los votos con más de 43 mil votos, mientras que ayer sólo alcanzó 28 mil votos. En esa oportunidad los dos candidatos opositores sumaron 24 mil votos, y hoy Josefa Errázuriz más de 36 mil votos.

Donde no había sondeos que indicaran una sorpresa, en cambio, y los resultados han sido estrechos es la comuna de Ñuñoa. En esta comuna podían votar más de 168 mil personas y lo hicieron sólo 74 mil personas.

Sabat, el 2008, alcanzó un 54% de las preferencias con 55 mil votos (los otros dos candidatos sumaron 39 mil votos) y ayer alcanzó a  lleva 32 mil electores contra los 39 mil votos que sumaron los otros tres candidatos a alcaldes que se presentaron.

Fuente: www.emol.cl

Este es un tema interesante, ya que se esperaba una mayor votación por parte de la población producto de que el universo de votantes se ampliaba enormemente con la reforma de la ley y ahora voto voluntario, dando como ganador no a ningún partido político si no más bien a la abstención de la población, el cual deja ver el descontento de la gente, ya que no se les esta representando de la manera que se espera, ni entregando la atención que necesitan.

SVS y gobiernos corporativos: debate necesario


La reciente norma de buenas prácticas para gobiernos corporativos propuesta por la SVS ha generado una serie de comentarios y críticas.
Lo que se busca es que el mercado y los accionistas tengan más información respecto del gobierno corporativo de las sociedades abiertas, toda vez que hay envuelto un asunto de fe pública.
El tema debe ser abordado desde una óptica país y no sólo como una consecuencia de casos como Enersis y La Polar, que si bien pusieron el tema sobre el tapete, también pueden terminar ensuciando una discusión que debiera darse desprovista de prejuicios. 
Si en algo hay consenso es en la necesidad de generar cambios en el funcionamiento de los directorios, teniendo en cuenta las tendencias internacionales. Basta con mirar países como Inglaterra y Estados Unidos, que tienen códigos claros de buenas prácticas de gobiernos corporativos. Pero con cautela. En esos mismos países donde se ha avanzado, ha disminuido sistemáticamente el interés de las compañías por abrirse a bolsa, lo que las priva de una fuente de financiamiento alternativo a los créditos bancarios.
Uno de los puntos de conflicto es la autoevaluación, que plantea una serie de códigos de buenas prácticas sobre los cuales el directorio debe pronunciarse. Más allá de que existan aspectos perfectibles, es necesario valorar esta medida como un paso hacia mayores estándares de funcionamiento al interior de los directorios a través de la autorregulación.
Otro tema que ha generado opiniones dispares es que exista un cuestionario estandarizado de evaluación para todos los directorios. El argumento es que las empresas no son comparables entre sí. Pero la clave está en entregar información completa y transparente al inversionista.
Si tomamos en cuenta que hasta ahora no existen instancias formales de autoevaluación ni de entrega de información a nivel de directorios, podemos concluir que la norma es un paso hacia el desarrollo de políticas de buenas prácticas. Es por ello que, idealmente, éste debe hacerse con la colaboración de todos los actores y con el objetivo final de dar mayor transparencia y confiabilidad al mercado. Pero sin exagerar. Al final del día, lo que más importa para un buen gobierno corporativo es que los intereses de todos los involucrados en una compañía estén bien alineados.

Fuente: Diario Financiero
Fecha: 27 de septiembre 2012.

domingo, 7 de octubre de 2012

El Origen de la Responsabilidad Social



           El uso de la Responsabilidad Social es una opción de vida que es necesaria en la actualidad para poder relacionarse y poder mantenerse de mejor manera con el entorno.
Se sabe que existen distintos tipos de Responsabilidad Social, ya que cada vez se está haciendo más necesaria en la vida laboral e inclusive las empresas necesitan implementarlo para ser más valoradas a nivel social.
La Responsabilidad Social ha integrado a los bienes y servicios que entregan las diferentes organizaciones estándares de calidad más altos, los cuales hacen necesario adoptarlo para poder sobresalir ante la competencia
Es un término que se utiliza en las empresas, universidades, sociedad y en el diario vivir; éste concepto está adoptado en las personas, pero desconocen sus orígenes, es por eso que profundizaremos en éste tema. 

No se tiene claro el momento en que se originó  la responsabilidad social, ya que no se ha llegado a un acuerdo sobre algún  acontecimiento concreto que haya dado inicio a éste concepto, pero algunos historiadores creen que puede haber sido originada en Estados Unidos, a raíz de ciertos conflictos entre países, como la “Guerra de Vietnam”, en donde se comenzaron a aplicar los criterios sobre las inversiones pensadas en el entorno y sociedad, un ejemplo de esto es que comenzaron a excluir a empresas Tabaqueras, ya que dañaban la moral de la sociedad. “Los impulsores de éste pensamiento realizaron movimientos en contra de los bancos que desviaban recursos a empresas subsidiarias de la Guerra de Vietnam”. (Responsabilidad Social Empresarial, la ética de los negocios, 2008).
 A diferencia de otros que piensan que la responsabilidad social comenzó por problemas corporativos de las empresas como el caso de Enron o Exxon (fraudes financieros los cuales, las empresas se aprovecharon de sus usuarios) (Blog: El origen de la responsabilidad social, 2009).

Según Algunos Autores:

Etcheverry afirma que el término de responsabilidad social “es originario del mundo anglosajón y ha estado en uso desde los años 60”. (El origen de la Responsabilidad Social, 2009).

David Murillo dice que “la responsabilidad social se remonta a los años 50 del siglo XX”, señalando dos países que iniciaron el comportamiento socialmente responsable, y éstos serían Estados Unidos y Europa. (El origen de la Responsabilidad Social, 2009).

Se dice que con la creación de la Organización de las Naciones Unidas y de los Derechos Humanos fueron los motivos que impulsó  una conciencia social en la población. (Historia de la responsabilidad social, 2008).
               
Definición

 ·         “Es la carga, compromiso u obligación que los miembros de una sociedad -ya sea como individuos o como miembros de algún grupo- tienen tanto entre sí como para la sociedad en su conjunto.”

Objetivo

Su objetivo principal es la destrucción de barreras que existen en los distintos sectores tanto económicos, como culturales, sociales, entre otras; buscando el equilibrio y la igualdad entre los individuos. Teniendo siempre presente que el actuar, tiene repercusiones y se tiene que estar conscientes de éstos hechos, ya que no se está solo en el mundo, dejando atrás el egoísmo y centrarse más al convivir sanamente.

Responsabilidad Social V/S Acción Social

Cabe destacar que el término de Responsabilidad Social no es lo mismo que una acción social o actos de beneficencia, ya que la Responsabilidad Social debe ser una obligación que se tiene con uno mismo y con los diferentes organismos que componen la sociedad; el sector privado, el gobierno y sus entes, la sociedad y los organismos internacionales, a diferencia de la acción social que es un acto de solidaridad que nace en el subconsciente de las personas, por voluntad e iniciativa propia, de hacer o entregar un bien a quien(es) más lo necesitan.